¿Puedo reclamar como afectado por el temporal de nieve en la AP-6?

11 enero, 2018

Caos y desamparo en las carreteras

 

Como sabes, a consecuencia del temporal de nieve que ha azotado nuestro país en los últimos días, se han sucedido múltiples situaciones de caos a lo largo de nuestras carreteras.

Uno de los ejemplos más sonados, por haber afectado a más de 3.000 vehículos, fue el de la autopista de peaje AP-6, en la que miles de personas se vieron perjudicadas por los cortes sufridos, llegando a permanecer atrapadas durante más de dieciocho horas la noche del 6 de diciembre.

Según testimonios de los propios afectados, la sensación fue de absoluto desamparo al verse atrapados en lo que han denominado una “ratonera”. Durante horas, resultó del todo imposible circular con cualquier vehículo en ninguno de los dos sentidos de la autopista, al permanecer sobre la carretera numerosos vehículos averiados, algunos de ellos cruzados en la vía.

Muchos de los perjudicados tuvieron que pasar la noche dentro de sus automóviles sin recibir ningún tipo de asistencia ni información, hasta que a la mañana siguiente la Unidad Militar de Emergencias (UME) y la Guardia Civil pudieron ir rescatando poco a poco a los vehículos atrapados.

 

¿Puedo reclamar?

Sí. Si te encuentras entre los afectados por los cortes sufridos en la Ap-6 o en cualquier otra carretera española, has de saber que tienes derecho a formular una reclamación por los daños y perjuicios sufridos.

No creas lo contrario por el hecho de que ninguna de las partes implicadas haya asumido a día de hoy responsabilidades acerca de lo ocurrido. El cruce de acusaciones entre unos y otros no cercena la posibilidad que tienes de reclamar por el calvario sufrido en la carretera, ni siquiera a pesar de que por parte de ciertos organismos públicos se haya pretendido culpar a los propios conductores.

 

¿A quién puedo reclamar?

Para saber a quién dirigir tu reclamación, es importante diferenciar si la carretera en la que te encontrabas era de peaje o no.

Si te viste afectado por el colapso de una vía de pago, como es la AP-6, puedes iniciar tanto una reclamación civil contra la concesionaria de la autopista, como una reclamación en vía administrativa por responsabilidad patrimonial de la Administración, contra el Ministerio de Fomento, que sería responsable subsidiario en todo caso.

Si el colapso lo sufriste en cualquier otro tipo de carretera nacional o sin peaje, habrás de dirigir la reclamación únicamente contra la Administración que corresponda según la carretera en la que padeciste los cortes.

 

¿Por qué conceptos puedo reclamar?

 

a) Daños materiales.

Tienes derecho a ser compensado por todos aquellos daños padecidos a consecuencia de los cortes en la carretera por el temporal de nieve, siempre y cuando tengas forma de acreditarlos.

Como ejemplos podemos citar la pérdida de un vuelo o tren, el consumo extra de combustible, la pérdida de una noche de hotel previamente contratada, el coste del pejae, contratos o reuniones, etc.

 

b) Daños morales.

Existen precedentes judiciales sobre la condena a indemnizar por los daños morales ocasionados a conductores y pasajeros afectados por eventos de similares características a los ocurridos durante la última semana a causa del temporal de frío y nieve.

Cabe citar la Sentencia del Tribunal Supremo nº 473/2010, de 15 de julio, que ratificaba otra de la Audiencia Provincial de Burgos dictada en fecha 31 de julio de 2006, en relación con los hechos ocurridos en la autopista de peaje AP-1 (entre Burgos y Armiñón) en febrero de 2004.

En este caso, se condenó a la concesionaria Europistas a abonar a todos aquellos consumidores-usuarios perjudicados por la retención, la suma de 150 euros por los daños morales ocasionados, además del coste del peaje satisfecho.

La fundamentación jurídica de la Sentencia se basaba en que la nevada, aunque inevitable, era previsible en base a la época del año y la zona geográfica en que se produjo. Por ello, la concesionaria tenía la obligación de adoptar todas las medidas de precaución que estuviesen en su poder para evitar o al menos atenuar los riesgos de la circulación ante tales circunstancias.

No se advirtió ni se ofreció información suficiente a los conductores, por lo que ante tal falta de diligencia en el aseguramiento de la continuidad en la prestación del servicio sin riesgos para los usuarios, la concesionaria fue condenada como ya se ha expuesto.

 

Acreditación de los daños

Resulta sumamente importante recabar y guardar toda la documentación que nos sirva para probar nuestra presencia en la carretera en el momento del colapso, pues la indemnización que recibamos dependerá de cuanto seamos capaces de demostrar.

Si quieres formular una reclamación, ya sea en vía civil o administrativa, has de conservar el ticket del peaje; la reserva del hotel; el billete de tren, autobús o avión perdido; fotografías de tu coche en el lugar del colapso, así como de los ocupantes que viajaban contigo; capturas de redes sociales o mensajes de Whatsapp en los que contases tu situación y geolocalizases tu ubicación, etc.

 

 

En Martín Espín Abogados quedamos a tu entera disposición por si quisieses ampliar información respecto de las Reclamaciones por el temporal de nieve, o cualquier otra cuestión que sea de tu interés.